Los residentes en Canarias pueden beneficiarse de una bonificación del 75% en el transporte marítimo regular de pasajeros, tanto en trayectos entre islas Canarias como en rutas entre Canarias y la península, siempre que cumplan los requisitos establecidos por la normativa vigente.
¿En qué consiste la bonificación de residente?
La bonificación de residente es un descuento aplicado sobre la tarifa bonificable del billete para facilitar los desplazamientos marítimos de los residentes en territorios no peninsulares.
En el caso de Canarias, la bonificación es del 75% sobre el precio del pasaje, de acuerdo con la normativa aplicable al transporte regular marítimo de pasajeros. Esta bonificación se aplica tanto en desplazamientos interinsulares como en viajes entre Canarias y otros puntos del territorio nacional.
¿En qué rutas se aplica?
La bonificación de residente puede aplicarse en:
- Trayectos marítimos entre islas Canarias.
- Trayectos marítimos entre Canarias y la península, en ambos sentidos.
¿Cómo se solicita la bonificación?
Para beneficiarte de la bonificación de residente, debes indicarlo durante el proceso de reserva y aportar los datos necesarios para su validación.
La condición de residente se comprueba, siempre que sea posible, mediante el sistema telemático de acreditación de residencia. Aun así, te recomendamos llevar la documentación acreditativa de residencia en vigor, por si fuera necesario presentarla durante la emisión o validación de la tarjeta de embarque.
¿Qué documentación necesito para acreditar la residencia?
Los documentos válidos para la comprobación de la residencia pueden variar según la nacionalidad o situación administrativa del pasajero:
- Ciudadanos españoles: DNI en vigor o certificado de viaje expedido por el ayuntamiento.
- Ciudadanos de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza: NIE o certificado de viaje expedido por el ayuntamiento.
- Familiares de ciudadanos de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo: tarjeta española de residencia de familiar de ciudadano de la Unión o certificado de viaje expedido por el ayuntamiento.
- Ciudadanos de terceros países residentes de larga duración: tarjeta de identidad de extranjero donde conste la condición de residente de larga duración y certificado de viaje expedido por el ayuntamiento.
Si no se puede validar la residencia automáticamente
Si no es posible realizar la comprobación telemática de residencia, deberás presentar el certificado de residencia en vigor junto con el documento de identidad que figure en dicho certificado.
Billetes emitidos antes de un cambio normativo
Si tu billete fue emitido antes de la entrada en vigor de una modificación normativa sobre el porcentaje de bonificación, se mantendrán las condiciones aplicadas en el momento de la compra.
Si deseas acogerte a un nuevo porcentaje de bonificación, puede ser necesario emitir un nuevo billete y solicitar la devolución del anterior, de acuerdo con las condiciones de la tarifa y la política de cambios o cancelaciones aplicable.
Importante antes de viajar
Todos los documentos deben estar en vigor. La bonificación solo podrá aplicarse si la condición de residente queda correctamente acreditada durante la reserva o cuando sea requerida por el personal autorizado.
Relacionada con